Informe de revisión bibliográfica comparativa · Fase 1
- Nota preliminar
- 1. Introducción
- 2. Qué se entiende por clasificación
- 3. Proceso de clasificación (ONUDC)
- 4. Riesgo, necesidad y receptividad
- 5. Análisis por país
- 6. Cuestiones transversales
- 7. Referentes globales
- 8. Propuesta para Paraguay
- 9. Conclusiones
- Anexo A — Catálogo de fuentes
- Referencias bibliográficas (APA)
- Convenciones de lectura
Informe comparativo de sistemas de clasificación penitenciaria
Revisión bibliográfica y documental de modelos de clasificación de personas privadas de libertad en Paraguay, América Latina, estándares internacionales y referentes penitenciarios de otros continentes, como base para la futura propuesta nacional.
Convenciones de lectura
- Citas APA: en el texto, (Autor, año) con enlace a la fuente; al pasar el cursor aparece el ID del repositorio (p. ej.
PY-N1). - Dimensiones de clasificación: en el texto y en el anexo se muestra el nombre de la dimensión; al pasar el cursor aparece el código
CL-*y su definición (véase glosario). - Siglas: subrayadas con línea punteada; el significado completo aparece al pasar el cursor.
Nota preliminar
Este informe integra 79 fuentes consultadas y accesibles del repositorio documental del proyecto MULTO1-25. Cada fuente aporta al diseño de un sistema de clasificación de personas privadas de libertad en Paraguay. Las referencias en el cuerpo del texto siguen la estructura estándar de la normativa APA séptima edición y enlazan a la fuente citada. El identificador interno del repositorio se muestra como ayuda emergente al situar el cursor sobre cada cita. El listado completo en formato de referencias bibliográficas figura en la sección Referencias bibliográficas APA, el Anexo A y el catálogo interactivo.
1. Introducción
La clasificación penitenciaria constituye una herramienta fundamental para organizar la población carcelaria de manera racional y respetuosa de los derechos humanos; su efectividad depende de la infraestructura disponible, de los recursos humanos y de la coherencia entre el diseño formal y la práctica cotidiana en los establecimientos.
Este trabajo analiza los sistemas de clasificación de personas privadas de libertad en Paraguay, América Latina, España, estándares internacionales y referentes penitenciarios de otros continentes. El repositorio documental reúne 79 fuentes consultadas y accesibles (normativa, política institucional, diagnósticos, manuales técnicos y literatura académica indexada), distribuidas en dieciséis ámbitos geográficos o temáticos (Paraguay, Argentina, Brasil, Chile, Uruguay, España, comparativo global, internacional/ONU, EE.UU., Reino Unido, Canadá, Australia, Alemania, Sudáfrica, Nueva Zelanda y Europa/CoE). Esta sistematización permite contrastar los marcos normativos con los aportes que cada documento hace al diseño de un sistema nacional.
En la región, los sistemas penitenciarios enfrentan desafíos estructurales recurrentes: hacinamiento, elevada proporción de población procesada, escasez de regímenes menos restrictivos y brecha entre la ley y su aplicación. Por ello, la revisión contrasta lo que los ordenamientos prevén con lo que los diagnósticos y los estudios empíricos muestran (PY-D1, PY-D2, PY-D7, AR-AC-03, UY-3, AC-32).
2. Qué se entiende por clasificación penitenciaria
Una de las principales referencias utilizadas en la región es el Manual sobre la Clasificación de los Reclusos de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito — ONUDC (INT-4, 2021). En dicho manual se conceptualiza la «clasificación» como la colocación o asignación de los reclusos a uno de varios niveles de custodia o vigilancia, de modo que los riesgos y las necesidades de cada uno se ajusten a los recursos penitenciarios y al régimen de supervisión apropiado.
La «clasificación» es distinta de la «separación» de los reclusos en función de factores como la edad, el sexo o la situación procesal. La separación en esas agrupaciones no constituye, por sí sola, un proceso de clasificación. La clasificación implica una evaluación estructurada e individualizada de riesgos y necesidades para adoptar decisiones sobre colocación e intervenciones (INT-4, INT-1).
Las Reglas Nelson Mandela (INT-1) establecen, en su Regla 11, un sistema mínimo de separación que los Estados deben garantizar: por sexo, por situación procesal (prevenidos y condenados), por tipo de delito en los casos previstos y por edad. Es decir, esa regla fija el mínimo obligatorio de segregación. La Regla 8, por su parte, exige informes iniciales de evaluación y clasificación, sin detallar el método técnico, lo que deja margen para desarrollar protocolos nacionales alineados al manual ONUDC.
La ONUDC parte de una premisa que resulta central para cualquier reforma en Paraguay: la forma en que se clasifica a las personas privadas de libertad determina el tipo de prisión que existe. No se trata de una decisión administrativa menor, sino de una política pública con impacto directo en derechos humanos, seguridad y uso de recursos estatales (INT-4, AC-07).
3. El proceso de clasificación: ingreso, evaluación y reclasificación
La clasificación es necesaria tanto para personas en prisión preventiva como para condenadas. En el primer caso, un sistema transparente de evaluación — con exámenes periódicos — ayuda a determinar el mínimo de seguridad compatible con la custodia legítima (INT-4, AC-30). En el segundo, garantiza la asignación al nivel de seguridad más bajo posible que proteja al personal, al público y a la propia persona, favoreciendo la reintegración social.
El manual ONUDC propone la siguiente secuencia:
Primer paso: evaluación de necesidades inmediatas. Debe realizarse lo antes posible tras el ingreso — en las primeras veinticuatro horas — y antes de asignar celda en población general. El objetivo es detectar problemas urgentes de seguridad y de salud física y mental (INT-4, INT-1, AC-37).
Segundo paso: reunión de información. Consiste en reunir datos fiables sobre el delito, antecedentes penales y personales, documentación oficial, entrevista con la persona y, cuando corresponda, información de familia u organizaciones. En casos de sospecha de afiliación a grupos que amenacen la seguridad institucional, puede incorporarse información de inteligencia penitenciaria con las garantías debidas (INT-4).
Tercer paso: determinación del nivel de seguridad inicial. Suele realizarse mediante instrumentos actuariales o de juicio profesional estructurado, aplicados por personal capacitado. Las evaluaciones de riesgo se centran en seguridad interna, fuga y peligrosidad para el público; las de necesidad, en factores criminógenos modificables; la receptividad atiende barreras para participar en tratamiento (idioma, alfabetización, discapacidad, salud mental, motivación) (INT-4, MET-HMI).
Cabe señalar que el ingreso y la reclasificación no son el mismo proceso. La clasificación inicial se apoya más en el delito, antecedentes y características de fondo; la reevaluación periódica pondera la conducta en prisión, la participación en programas y los cambios en necesidades (INT-4, PY-N1 Arts. 124-128). El objetivo, cuando la evaluación lo permite, debe ser reducir restrictividad y preparar la salida a libertad.
4. Riesgo, necesidad y receptividad (modelo RNR)
La evolución de la evaluación penitenciaria — desde juicios clínicos no estructurados hasta instrumentos actuariales y de juicio profesional estructurado — ha estado muy influida por el modelo de Riesgo, Necesidad y Responsividad (RNR), articulado por Andrews, Bonta y Hoge y sistematizado en la literatura reciente (MET-HMI, AC-05, AC-04).
El principio de riesgo sostiene que la intensidad de supervisión y tratamiento debe corresponder al nivel de riesgo que plantea la persona. El de necesidad prioriza intervenciones en factores criminógenos. El de responsividad exige adaptar el modo de intervención a las características y motivación de cada caso. En Argentina, el Plan de Sentencia (AR-N711, AR-AC-02) operacionaliza este enfoque; en Chile, su implementación regional ha sido estudiada en el Maule (AC-41).
Es importante no confundir el puntaje de seguridad con el plan de tratamiento. La síntesis actualizada sobre RNR advierte que la evidencia es mixta y que los resultados dependen de la implementación fiel, no solo del instrumento (AC-04, AC-05). Las meta-revisiones sobre predicción de violencia (AC-01) y el compendio de evaluaciones correccionales (AC-08) respaldan el uso prudente de matrices para alertas y para descartar sobre-custodia en bajo riesgo, sin convertir el algoritmo en único fundamento de libertad (AC-03). La revisión sistemática sobre efectividad de la rehabilitación correccional (AC-14), el modelo de Buenas Vidas como alternativa al RNR (AC-16) y los ensayos controlados sobre psicoterapia en prisión (AC-21) refuerzan que la clasificación criminológica debe traducirse en oferta programática real, no solo en etiquetas de riesgo.
5. Análisis por país
5.1 Paraguay
En Paraguay, el sistema de clasificación se encuentra establecido principalmente en el Código de Ejecución Penal, Ley N.º 5.162/2014 (PY-N1, texto promulgado en PY-N2). El régimen se basa en la progresividad y articula periodos de observación, de tratamiento, de prueba y de libertad condicional. Durante el periodo de observación (Art. 44), la persona condenada es analizada por el órgano técnico de cumplimiento (OTC) mediante estudio médico, psicológico y social, a fin de proponer el tipo de establecimiento y tratamiento (Arts. 48-50).
En la práctica, no existe siempre un «sistema de clasificación» único y homogéneo como en otros países de la región: el CEP combina clasificación estructural (tipo de establecimiento, Arts. 192-198; régimen cerrado, semiabierto o abierto, Art. 42 y ss.), clasificación por conducta y evolución (Arts. 124-127: categorías desde ejemplar hasta mala), separación por situación procesal (Art. 28: prevenidos y condenados) y separación por sexo (Art. 198). La Ley N.º 210/1970 (PY-N4) conserva disposiciones históricas sobre ingreso y conducta, subordinadas al CEP.
La Ley N.º 6.379/2019 sobre crimen organizado (PY-N5) y el proyecto de régimen cerrado especial de máxima seguridad (PY-I4) prevén perfiles de alto riesgo y matrices técnicas para el cerrado especial, con revisión periódica. En 2024, el Ministerio de Justicia implementó por primera vez un sistema de evaluación de riesgos y clasificación en Minga Guazú y Martín Mendoza (PY-I1), con matriz alto, medio y bajo y apoyo de la ONUDC. La reforma ministerial de tres ejes — reducción de preventiva, expediente electrónico y clasificación de PPL (PY-I2) — y el operativo de nuevo modelo de gestión (PY-I3) muestran la dirección institucional actual.
Limitación documental. A la fecha de esta revisión no obra documento oficial publicado — resolución, reglamento o manual técnico accesible en fuentes públicas — que acredite de manera verificable la existencia y el alcance normativo del sistema de evaluación de riesgos y clasificación referido por el Ministerio de Justicia en 2024; la información disponible procede principalmente de comunicados y notas institucionales (PY-I1, PY-I2, PY-I3).
El documento de referencia programática del MULTO1-25 (CONV-1) explicita la cooperación técnica en salud penitenciaria, evaluación criminológica, clasificación y sistemas de información, con el desistimiento criminal como horizonte del programa.
Este «sistema» se encuentra limitado en la práctica por la falta de infraestructura y la sobrepoblación. Los informes del MNP (PY-D1, PY-D2), la CIDH (PY-D3), CODEHUPY (PY-D4), el MEF (PY-D5), el Observatorio del MJ (PY-D6) y el anuario del Ministerio Público (PY-D7) documentan hacinamiento extremo, alto porcentaje de procesados y escasez de plazas en regímenes menos restrictivos. En conclusión, Paraguay posee un diseño formal articulado, pero débil en aplicación real; el ejemplo de la Penitenciaría Nacional de Tacumbú ilustra la tensión entre norma y capacidad institucional.
5.2 Chile
El sistema penitenciario chileno consta de tres subsistemas: cerrado, abierto y postpenitenciario, regulados en el D.S. 1.771/1993 (CL-1). En el subsistema cerrado se encuentran detenidos, imputados y condenados en Centros de Cumplimiento Penitenciario (CCP) o Centros de Detención Preventiva (CDP). El régimen de control semiabierto permite cumplimiento en Centros de Educación y Trabajo (CET). El subsistema abierto comprende libertad vigilada y reclusión parcial; el postpenitenciario, personas en reinserción o con beneficios.
Otras formas de clasificación incluyen situación procesal, tipo de delito (clasificación criminológica), sexo y edad. La gestión está a cargo de Gendarmería de Chile. La implementación del modelo RNR en la región del Maule (AC-41) ofrece un contraste útil sobre cómo la evidencia internacional se adapta al contexto latinoamericano.
5.3 Uruguay
Según el Libro Blanco de Reforma Penitenciaria 2024 (UY-3), Uruguay no dispone de un sistema formal de clasificación penitenciaria consolidado, sino de formas de diferenciación práctica y de una intención de tratamiento progresivo aún en construcción. Se distinguen procesados y penados, primarios y reincidentes, y la organización por sexo. El Instituto Nacional de Rehabilitación (INR) concentra la gestión. El documento critica la «seguridad dinámica» sin método explícito — advertencia relevante para no delegar la clasificación en criterios tácitos del personal de custodia.
5.4 Argentina
Argentina presenta un modelo mixto que combina criterios estructurales (procesados/condenados, sexo, edad, tipo de establecimiento) con criterios técnicos (evaluación criminológica, planes individuales, progresividad). La Ley 24.660/1996 (AR-1) y el Reglamento de Modalidades Básicas (AR-2) regulan observación, conducta y concepto.
A nivel federal, las Boletines Oficiales 710 y 711/2020 del Servicio Penitenciario Federal establecen el Sistema de Clasificación Inicial por Riesgo (CIR) — formulario obligatorio al ingreso con alertas de conflictividad, fuga, suicidio y riesgo ígneo (AR-N710, AR-AC-01) — y el Plan de Sentencia, con más de doscientos ítems, enfoque RNR y revisión trimestral orientada a la reincidencia (AR-N711, AR-AC-02).
La investigación reciente pregunta si la gestión penitenciaria resocializa o conteniza riesgo (AR-AC-02) y analiza la introducción de decisiones automatizadas (AR-AC-01). La etnografía de Mayer en una alcaidía bonaerense (AR-AC-03) muestra clasificaciones informales por «tranquilidad», zona o tipo de delito — lección crítica para Paraguay: el manual más avanzado no elimina por sí solo prácticas opacas en el pabellón.
5.5 Brasil
La Lei de Execução Penal (BR-1) reconoce la Comissão Técnica de Classificação y la progressão de regime: fechado, semiaberto y aberto. No obstante, en la práctica la separación por situación procesal y por tipo de delito suele verse comprometida por la sobrepoblación y deficiencias estructurales, como ocurre en gran parte de la región. La administración corresponde al Departamento Penitenciario Nacional (DEPEN).
5.6 España
En España, el acceso al régimen abierto se articula principalmente mediante el tercer grado penitenciario, al inicio de la condena o por progresión desde el segundo. Solo alrededor del 16,8 % de las personas presas acceden al tercer grado al inicio; la mayoría lo hace tras cumplir parte de la pena en prisión cerrada (ES-AC-01).
Capdevila y el CEJFE (ES-AC-01) muestran que la duración de la pena — especialmente condenas superiores a cinco años — y variables socioeconómicas (extranjería, ausencia de apoyo familiar, vivienda o empleo estable) condicionan fuertemente la clasificación inicial. Martí y Larrauri (ES-AC-02) defienden la clasificación inicial en penas cortas frente a la exclusión social que el sistema puede reproducir. Pedrosa (ES-AC-03) documenta obstáculos en la progresión del segundo al tercer grado: tensión en el módulo, falta de apoyo y desventaja previa. El paralelismo con los Arts. 124-128 del CEP paraguayo es pertinente: la progresión legal puede ser nominal si no hay plazas ni apoyos reales.
6. Cuestiones transversales: género, salud mental y desistimiento
Las Reglas de Bangkok (INT-2) establecen estándares para mujeres privadas de libertad. No resulta adecuado aplicar a mujeres instrumentos diseñados solo para población masculina: pueden producir clasificación excesivamente restrictiva (INT-4). La meta-análisis de Gobeil et al. (AC-26) muestra que los enfoques sensibles al género superan a los neutros en reducción de reincidencia. La revisión sobre salud mental en prisión (AC-18) exige cribado al ingreso y políticas diferenciadas; los datos desagregados paraguayos (PY-D7) apoyan esta línea.
El desistimiento criminal — el alejamiento duradero del delito — no es una categoría más de clasificación, sino el eje que debe orientar tratamiento y evaluación de resultados. Maruna (AC-10) aporta la perspectiva de identidad y narrativa de redención; las trayectorias de cambio (AC-11) y los factores psicosociales en las etapas tempranas del desistimiento (AC-12) matizan cómo medir progresión más allá del concepto semestral. Koehler y Lösel (AC-13) comparan rehabilitación en custodia y en comunidad. El exceso de prisión preventiva en las Américas (AC-30, AC-31) y el hacinamiento paraguayo (PY-D6, AC-32) inhiben progresión y tratamiento efectivos.
En salud, la guía esencial de la OMS para prisiones (AC-25) y el informe regional de la OMS Europa (AC-24) exigen cribado al ingreso y continuidad asistencial; se vinculan directamente a la dimensión CL-ING. Las Reglas de Tokio (INT-8) complementan el marco cuando la clasificación debe orientar medidas no privativas de libertad y evitar la sobre-incarceración. La referencia del ILANUD (MET-ILANUD), los Principios de la CIDH (INT-6) y la evidencia sobre población adolescente (AC-15) completan el marco interamericano de derechos y buenas prácticas.
7. Referentes globales de clasificación
Más allá del contraste regional latinoamericano y español, la literatura y los estándares de otros sistemas aportan criterios transferibles con cautela metodológica: no equivaler automáticamente categorías nacionales, pero sí extraer principios comunes (clasificación objetiva, mínima restricción compatible con el riesgo, revisión periódica, separación riesgo/necesidad).
Europa. Las Reglas Penitenciarias Europeas (INT-7) actualizan el estándar continental sobre ingreso, separación y progresión. Las estadísticas SPACE I del Consejo de Europa (EU-1) permiten contextualizar hacinamiento, capacidad y tendencias de población reclusa frente a decisiones de clasificación. El marco británico de categorías de seguridad A–D (UK-1, AC-09) vincula riesgo de fuga, peligrosidad y tipo de establecimiento; la medición de la calidad de vida en prisión (AC-40) complementa indicadores puramente actuariales.
América del Norte. La guía NIC de clasificación objetiva (US-1) y la política federal del Bureau of Prisons (US-2) sistematizan instrumentos y niveles de custodia. En Canadá, la Directiva 705-7 del Servicio Correccional (CA-1) articula escala mínima/media/máxima y revisión bienal.
Otros contextos. Australia (AU-1), Alemania (DE-1), Sudáfrica (ZA-1) y Nueva Zelanda (NZ-1) muestran variantes de clasificación por seguridad y tratamiento. India (IN-1) y Japón (JP-1) aportan contrastes en Asia sobre gradación progresiva del tratamiento.
Evidencia global. Las revisiones sobre herramientas de riesgo (AC-01, AC-02), límites del RNR (AC-04), salud mental al ingreso (AC-18, AC-19), algoritmos (AC-35, AC-36) y calidad del régimen (AC-06, AC-38) condicionan cualquier adopción de matrices en Paraguay (PY-I1). La calidad moral del régimen (MQPL) y el desempeño institucional no deben quedar fuera del balance entre seguridad y tratamiento.
8. Hacia una propuesta de clasificación en Paraguay
A la luz de las setenta y nueve fuentes del repositorio, una propuesta nacional debería articular, como mínimo, los siguientes elementos — sin pretender sustituir el CEP, sino operacionalizarlo con método y trazabilidad:
Separar de forma explícita la evaluación de riesgo institucional y la de necesidades de tratamiento, con informes diferenciados en el expediente (INT-4, PY-I1, AR-N710, AR-N711).
Protocolizar el ingreso según los tres pasos ONUDC, en coherencia con la observación del CEP (Arts. 44-48) y con plazos de clasificación objetiva (AC-37).
Prever criterios y seguimiento para personas procesadas, sin aplicar mecánicamente reglas de progresión de condenados (AC-30, PY-I2).
Instituir reclasificación periódica vinculada al concepto semestral (Art. 125 PY-N1) y a la revisión del plan de intervención.
Usar instrumentos actuariales con supervisión profesional obligatoria y motivación escrita (AC-01, AC-08, AR-AC-01).
Incorporar módulos de género y salud mental (INT-2, AC-26, AC-18).
Condicionar la progresión de régimen a oferta real de plazas y a políticas de descongestionamiento (PY-D5, ES-AC-03, PY-I3).
Ningún diseño técnico reemplaza la necesidad de reducir la preventiva y el hacinamiento. Sin esa política paralela, la clasificación corre el riesgo de quedar en el papel.
9. Conclusiones
En primer lugar, existe consenso internacional — Reglas Mandela, manual ONUDC, Principios CIDH — en favor de una clasificación individualizada, distinta de la mera separación legal, con revisión periódica y plan individual.
En segundo lugar, Paraguay cuenta con un CEP que articula observación, OTC, conducta, concepto, regímenes y tipología de establecimientos (PY-N1), y ha iniciado pilotos actuariales recientes (PY-I1); el desafío principal es de capacidad institucional y de práctica, no de ausencia total de marco legal.
En tercer lugar, el contraste regional muestra modelos formales diversos — desde el CIR y Plan de Sentencia argentinos hasta la progressão brasileña o los subsistemas chilenos — pero también prácticas informales y brechas estructurales comunes.
En cuarto lugar, la evidencia científica respalda el uso prudente de matrices e instrumentos y exige no confundir seguridad con tratamiento ni algoritmo con decisión fundamentada (AC-03, AC-04).
En quinto lugar, el catálogo reúne setenta y nueve fuentes consultadas y accesibles; este informe sintetiza su aporte comparativo en un solo argumento orientado a la futura propuesta de clasificación en Paraguay. El catálogo y este análisis se complementan: aquí se explica qué tipo de clasificación describe cada referencia; en el repositorio interactivo se filtra por país, tipo, relevancia y dimensión (CL-*), con verificación de enlaces y copias locales cuando existen.
En sexto lugar, los referentes globales (EE.UU., Reino Unido, Canadá, Australia, Alemania, Sudáfrica, Nueva Zelanda, CoE/SPACE, India y Japón) no deben importarse como modelos cerrados, sino como repertorio de criterios — clasificación objetiva, revisión periódica, separación riesgo/necesidad, salud al ingreso y medición de calidad de vida — adaptables al CEP y a la capacidad institucional paraguaya.
Anexo A — Catálogo de las 79 fuentes
El siguiente cuadro resume cada fuente del repositorio. El desarrollo analítico se encuentra en el cuerpo del informe.
| ID | Fuente | País | Tipo | Aporte a la clasificación (síntesis) | Dimensiones | Acceso |
|---|---|---|---|---|---|---|
| AC-01 | Uso de instrumentos de evaluación de riesgo para predecir violencia (meta-análisis) | Comparativo global | academico | VPP mediana 41% para violencia; VPN 91%. No usar herramientas como único criterio de libertad. | CL-ACT, CL-SEG | enlace |
| AC-02 | Comparación de herramientas de evaluación de riesgo de violencia | Comparativo global | academico | Meta-regresión de HCR-20, PCL-R, LSI-R, SAVRY y otras herramientas; utilidad comparada para custodia. | CL-ACT, CL-SEG | enlace |
| AC-03 | Meta-revisión crítica del riesgo criminógeno | Comparativo global | academico | Cuestiona inferencias políticas desde puntajes de riesgo. | CL-ACT | enlace |
| AC-04 | Síntesis actualizada de evidencia sobre el modelo RNR | Comparativo global | academico | Evidencia mixta y baja calidad; sesgo de autoría; AUC ~0,64 sin estudios de desarrolladores de herramientas. | CL-CRIM, CL-ACT, CL-DES | enlace |
| AC-05 | RNR: depende de la implementación | Comparativo global | academico | Calidad de implementación RNR y medición de población objetivo en programas correctivos. | CL-CRIM, CL-ACT | enlace |
| AC-06 | Prisiones y desempeño moral — calidad del régimen | Comparativo global | academico | Marco MQPL: calidad moral del régimen como complemento a la clasificación por seguridad. | CL-CON, CL-DES | enlace |
| AC-07 | Seguridad y dignidad en prisiones (PRI, 2016) | Comparativo global | metodologia | Clasificación temprana; evitar sobre-seguridad por precaución. | CL-EST, CL-SEG | enlace |
| AC-08 | Compendio de evaluaciones de riesgo correccional (meta-análisis NIJ) | Comparativo global | metodologia | Meta-análisis de instrumentos actuariales para adultos en EE.UU.; guías de práctica. | CL-ACT, CL-SEG | enlace |
| AC-09 | Política de categorización penitenciaria en el Reino Unido | Reino Unido | academico | Análisis académico del marco de categorías A–D y gestión del riesgo de fuga en Inglaterra y Gales. | CL-SEG, CL-EST, CL-ACT | enlace |
| AC-10 | Making Good — Desistimiento e identidad prosocial | Comparativo global | academico | Desistimiento requiere narrativa de redención e identidad prosocial coherente. | CL-DES, CL-CRIM | enlace |
| AC-11 | Dinámicas del desistimiento — trayectorias de cambio | Comparativo global | academico | Proceso psicosocial del desistimiento; informa criterios de progresión y tratamiento. | CL-DES, CL-CRIM | enlace |
| AC-12 | Factores psicosociales en las etapas tempranas del desistimiento | Comparativo global | academico | Estilos de pensamiento criminal vs. circunstancias vitales en la transición inicial. | CL-DES, CL-CRIM | enlace |
| AC-13 | Meta-síntesis: rehabilitación en custodia vs. comunidad | Comparativo global | academico | Tratamiento reduce reincidencia en ambos entornos; mayor efecto en comunidad; mayor consistencia en custodia. | CL-DES, CL-CRIM, CL-PROG | enlace |
| AC-14 | Efectividad de la rehabilitación correccional — meta-revisión | Comparativo global | academico | Evidencia sobre qué programas funcionan; base para vincular clasificación criminológica e intervención. | CL-CRIM, CL-DES | enlace |
| AC-15 | Meta-revisión sobre programas para personas en conflicto con la ley (jóvenes) | Comparativo global | academico | Clasificación y tratamiento diferenciado en población adolescente; relevancia para reglas Mandela/CNA. | CL-GEN, CL-CRIM | enlace |
| AC-16 | Modelo de Buenas Vidas (GLM) — revisión sistemática | Comparativo global | academico | Alternativa al RNR para planificación de tratamiento tras clasificación de necesidades. | CL-CRIM, CL-DES | enlace |
| AC-18 | Salud mental de personas privadas de libertad | Comparativo global | academico | Mayor prevalencia de trastornos; baja detección; screening al ingreso; políticas para mujeres y mayores. | CL-CRIM, CL-GEN, CL-DES | enlace |
| AC-19 | Trastorno mental grave en población reclusa (meta-análisis global) | Comparativo global | academico | Prevalencia global; implica screening al ingreso y módulo de salud mental en clasificación. | CL-CRIM, CL-ING | enlace |
| AC-21 | Psicoterapia en prisión y reincidencia (RCTs) | Comparativo global | academico | Efectos modestos de intervenciones psicológicas; vincula clasificación de necesidades con oferta programática. | CL-CRIM, CL-DES | enlace |
| AC-24 | Prisiones y salud (OMS Europa) | Comparativo global | metodologia | Principio de equivalencia sanitaria; evaluación de salud en ingreso y clasificación. | CL-ING, CL-CRIM | enlace |
| AC-25 | Salud en prisiones — Guía esencial OMS | Comparativo global | metodologia | Examen médico al ingreso en 24–48 h; estándar profesional para módulo de salud en clasificación inicial. | CL-ING | enlace |
| AC-26 | Intervenciones para mujeres: enfoques sensibles al género | Comparativo global | academico | En estudios de alta calidad, enfoques gender-informed reducen más la reincidencia. | CL-GEN, CL-CRIM, CL-DES | enlace |
| AC-30 | Informe CIDH sobre uso de prisión preventiva en las Américas | Internacional / multilateral | diagnostico | 36,3% promedio en preventiva; uso excesivo aumenta hacinamiento y violaciones. | CL-EST, CL-DES | enlace |
| AC-31 | Medidas para reducir la prisión preventiva en las Américas | Internacional / multilateral | diagnostico | Alternativas a la detención preventiva; clasificación diferenciada de personas procesadas. | CL-EST, CL-DES | enlace |
| AC-32 | Reducir hacinamiento carcelario en América Latina (COVID-19) | Comparativo global | diagnostico | Datos comparativos de sobrepoblación; condiciona viabilidad de cualquier sistema de clasificación. | CL-EST | enlace |
| AC-35 | Precisión y límites de la predicción de reincidencia (COMPAS) | Estados Unidos | academico | COMPAS no supera a evaluadores humanos con información limitada; advertencia para algoritmos de clasificación. | CL-ACT | enlace |
| AC-36 | Aprendizaje automático y justicia penal — revisión sistemática | Comparativo global | academico | ML para predicción de reincidencia; exige transparencia (XAI) en sistemas informáticos de clasificación. | CL-ACT | enlace |
| AC-37 | Estándares ABA — Tratamiento de reclusos (ingreso y clasificación) | Comparativo global | metodologia | Clasificación objetiva en 48 h / 30 días; estándar profesional comparado EE.UU. | CL-ING, CL-ACT, CL-EST | enlace |
| AC-38 | Medición de la calidad de vida en prisión (MQPL) | Reino Unido | academico | Instrumento para evaluar calidad del régimen; complementa reclasificación por conducta. | CL-CON, CL-DES | enlace |
| AC-40 | Conceptualización y medición de la calidad de vida en prisión | Comparativo global | academico | Dimensión relacional de la calidad carcelaria vs. enfoque exclusivo de custodia. | CL-CON, CL-PROG | enlace |
| AC-41 | Implementación del modelo RNR en rehabilitación de adultos (Maule, Chile) | Chile | academico | Estudio de caso regional latinoamericano sobre aplicación práctica del modelo RNR en prisión. | CL-CRIM, CL-DES, CL-ACT | enlace |
| AR-1 | Ley 24.660/1996 — Ejecución de la pena privativa de libertad | Argentina | normativa | Modelo de períodos, OTC y conducta/concepto análogo al CEP paraguayo. | CL-ING, CL-CRIM, CL-PROG, CL-CON | enlace |
| AR-2 | Reglamento de Modalidades Básicas de la Ejecución Penal | Argentina | normativa | Período de observación (Art. 13 Ley 24.660); escala conducta/concepto (Art. 51). | CL-ING, CL-CON, CL-PROG | enlace |
| AR-AC-01 | Sistemas automatizados de decisión en política penitenciaria argentina (CIR y Plan de Sentencia) | Argentina | academico | Etnografía del diseño del CIR y Plan de Sentencia; cruce normativa, DD.HH. y discursos institucionales. | CL-ACT, CL-CRIM, CL-ING, CL-DES | enlace |
| AR-AC-02 | ¿Resocializando o conteniendo el riesgo de reincidencia? Gestión penitenciaria en Argentina | Argentina | academico | Trayectoria SPF: humanismo, correccionalismo y Plan de Sentencia 2020 con RNR; etnografía de documentos oficiales. | CL-CRIM, CL-ACT, CL-DES | enlace |
| AR-AC-03 | Clasificaciones penitenciarias en una alcaidía de La Plata (etnografía) | Argentina | academico | Clasificación informal por oficiales (tranquilo/preso, tipo de delito); minimizar conflicto vs. resocialización legal. | CL-CRIM, CL-SEG, CL-EST | enlace |
| AR-N710 | BPN 710/2020 — Sistema de Clasificación Inicial por Riesgo (CIR) | Argentina | institucional | Formulario informatizado obligatorio al ingreso; alertas: conflictividad, fuga, suicidio, riesgo ígneo. | CL-ACT, CL-SEG, CL-ING | enlace |
| AR-N711 | BPN 711/2020 — Sistema de Plan de Sentencia | Argentina | institucional | Evaluación de riesgo de reincidencia; seguimiento trimestral; enfoque RNR y desistimiento. | CL-CRIM, CL-ACT, CL-CON, CL-DES | enlace |
| AU-1 | NSW — Sistema de clasificación de personas en custodia | Australia | institucional | Clasificación por nivel de seguridad y gestión de riesgo en el sistema estatal de Nueva Gales del Sur; referente anglosajón en el Pacífico. | CL-SEG, CL-EST, CL-ING | enlace |
| BR-1 | Lei 7.210/1984 — Lei de Execução Penal (LEP) | Brasil | normativa | Comissão Técnica de Classificação; progressão fechado → semiaberto → aberto. | CL-ING, CL-PROG, CL-SEG | enlace |
| CA-1 | CSC — Clasificación de seguridad y ubicación penitenciaria (CD 705-7) | Canadá | institucional | Escala mínima/media/máxima; Custody Rating Scale; revisión cada dos años; decisión de ubicación según riesgo de fuga y seguridad pública. | CL-SEG, CL-EST, CL-ACT, CL-ING | enlace |
| CL-1 | D.S. 1.771/1993 — Reglamento de Establecimientos Penitenciarios | Chile | normativa | Subsistemas cerrado, semiabierto, abierto; peligrosidad y tipo de delito. | CL-EST, CL-SEG, CL-CRIM | enlace |
| CONV-1 | Programa MULTO1-25 — marco programático y objetivos | Paraguay | institucional | Documento de referencia del programa: salud penitenciaria, evaluación criminológica de riesgo, clasificación, sistemas de información, formación e investigación. | CL-DES, CL-CRIM, CL-ACT | archivo local |
| DE-1 | StVollzG — Ubicación y agrupación en el establecimiento (Alemania) | Alemania | normativa | Principio de individualización: ubicación según necesidades de tratamiento, seguridad y estructura del establecimiento. | CL-EST, CL-SEG, CL-ING | enlace |
| ES-AC-01 | Clasificación inicial en régimen abierto (tercer grado) — estudio CEJFE Cataluña | España | academico | Seguimiento 2001-2005: penas >5 años raramente acceden a 3.er grado inicial; grupo contraste 2.º grado; ~16,8% acceso inicial a abierto. | CL-PROG, CL-ING, CL-EST | enlace |
| ES-AC-02 | Defensa de la clasificación inicial en penas cortas en régimen abierto | España | academico | El sistema puede castigar la exclusión social al usar variables socioeconómicas como obstáculo al 3.er grado; propone penas <5 años en abierto inicial. | CL-PROG, CL-ING, CL-CRIM | enlace |
| ES-AC-03 | Obstáculos de la progresión penitenciaria (segundo → tercer grado) | España | academico | N=538 en fase final de condena (Cataluña): alto % termina desde 2.º grado; tensión, falta de apoyo y desventaja previa frenan progresión. | CL-PROG, CL-CON, CL-DES | enlace |
| EU-1 | SPACE I — Estadísticas penitenciarias del Consejo de Europa | Europa (Consejo de Europa / estadística penitenciaria) | diagnostico | Datos comparables de población penitenciaria, tasas de hacinamiento y estructura institucional en Europa; contexto para viabilidad de clasificación. | CL-EST | enlace |
| IN-1 | India — Model Prison Manual (clasificación y separación) | Comparativo global | metodologia | Manual modelo del sistema penitenciario indio: clasificación por seguridad, trabajo, edad y situación procesal. | CL-EST, CL-SEG, CL-ING | enlace |
| INT-1 | Reglas Nelson Mandela (Reglas Mínimas revisadas, 2015) | Internacional / multilateral | internacional | Reglas 7-8 (ingreso/clasificación), 11 (separación), 93-95 (fines clasificación y beneficios). | CL-ING, CL-EST, CL-CRIM, CL-PROG | enlace |
| INT-2 | Reglas de Bangkok — Mujeres privadas de libertad | Internacional / multilateral | internacional | Estándar para clasificación y tratamiento de mujeres privadas de libertad. | CL-GEN, CL-CRIM | enlace |
| INT-4 | Manual ONUDC sobre clasificación de reclusos | Internacional / multilateral | metodologia | Clasificación externa/interna; ingreso 24h; reclasificación; casos especiales (violencia sexual, extremismo). | CL-ING, CL-EST, CL-SEG, CL-CRIM, CL-ACT | enlace |
| INT-6 | Principios y Buenas Prácticas CIDH sobre personas privadas de libertad | Internacional / multilateral | internacional | Dignidad, hacinamiento, separación, mujeres, discapacidad, adolescentes. | CL-EST, CL-GEN, CL-DES | enlace |
| INT-7 | Reglas Penitenciarias Europeas (revisión 2020) | Europa (Consejo de Europa / estadística penitenciaria) | internacional | Estándar europeo sobre gestión de prisiones: ingreso, clasificación, separaciones, progresión y revisión periódica de la custodia. | CL-EST, CL-SEG, CL-ING, CL-PROG | enlace |
| INT-8 | Reglas de Tokio — Medidas no privativas de libertad | Internacional / multilateral | internacional | Complementa la clasificación en prisión con criterios para alternativas a la detención y progresión hacia medidas en comunidad. | CL-PROG, CL-EST | enlace |
| JP-1 | Japón — Ley de instituciones penales (clasificación y tratamiento) | Comparativo global | normativa | Sistema asiático de gradación de tratamiento y clasificación progresiva; contraste con modelos latinoamericanos. | CL-EST, CL-ING, CL-CON | enlace |
| MET-HMI | Modelo RNR: de 1990 al presente (síntesis HM Inspectorate of Probation) | Comparativo global | metodologia | 15 principios RNR; adherencia asociada a ~17% menos reincidencia en custodia y ~35% en comunidad. | CL-CRIM, CL-ACT, CL-DES | enlace |
| MET-ILANUD | ILANUD — Agrupamiento y clasificación (Centroamérica) | Internacional / multilateral | metodologia | Referencia metodológica regional iberoamericana. | CL-EST, CL-CRIM | enlace |
| NZ-1 | Nueva Zelanda — Política de clasificación de personas condenadas | Nueva Zelanda | institucional | Clasificación por riesgo de seguridad y necesidades de gestión; enfoque de mínima restricción compatible con la seguridad. | CL-SEG, CL-EST, CL-PROG | enlace |
| PY-D1 | Resumen estadístico penitenciario — MNP (ago. 2025) | Paraguay | diagnostico | 61,6% hombres procesados; sobrepoblación 430-834%. Fuente secundaria: obtener PDF oficial MNP. | CL-EST, CL-DES | enlace |
| PY-D2 | Plan de descongestionamiento penitenciario — MNP (feb. 2025) | Paraguay | diagnostico | 808% capacidad; 435% hacinamiento reportado. | CL-EST | enlace |
| PY-D3 | Informe país / relatoría PPL — CIDH (Paraguay) | Paraguay | diagnostico | Hacinamiento favorece crimen organizado; abuso de prisión preventiva (~70% sin condena). | CL-EST, CL-DES | enlace |
| PY-D4 | Crisis penitenciaria — CODEHUPY | Paraguay | diagnostico | Patrón crónico de crisis penitenciaria; contexto DD.HH. y visitas MNP. | CL-EST | enlace |
| PY-D5 | Centros penitenciarios del Paraguay — evolución poblacional (MEF) | Paraguay | diagnostico | Series 2014-2016 por institución; hacinamiento; capacidad vs. población; contexto planificación infraestructura. | CL-EST | enlace |
| PY-D6 | Informe cuantitativo población penitenciaria (2021) — Observatorio MJ | Paraguay | diagnostico | 15.090 PPL al cierre 2021; 70% sin condena; primer sistema nacional de datos semestrales. | CL-EST, CL-DES | enlace |
| PY-D7 | Anuario estadístico personas afectadas en su libertad 2024 — MNP | Paraguay | diagnostico | Compendio oficial MNP: penitenciarias, adolescentes, salud mental, policía; fuente primaria recomendada. | CL-EST, CL-GEN | enlace |
| PY-I1 | Sistema de evaluación de riesgos y clasificación de PPL (2024) | Paraguay | institucional | Piloto Minga Guazú y Martín Mendoza; matriz alto/medio/bajo riesgo; equipo interdisciplinario. | CL-ACT, CL-SEG, CL-CRIM | enlace |
| PY-I2 | Tres ejes de reforma penitenciaria — MJ y ONUDC | Paraguay | institucional | ~70% prisión preventiva; expediente electrónico; clasificación PPL. | CL-ACT, CL-DES | enlace |
| PY-I3 | Operativo Veneratio — Nuevo modelo de gestión penitenciaria | Paraguay | institucional | Reforma Tacumbú; traslados con clasificación por perfil de riesgo. | CL-EST, CL-SEG, CL-ACT | enlace |
| PY-I4 | Proyecto de ley — Régimen cerrado especial de máxima seguridad | Paraguay | normativa | Matriz OTC; solo alto riesgo a cerrado especial; revisión cada 6 meses. | CL-ACT, CL-SEG, CL-CRIM | enlace |
| PY-N1 | Ley N.º 5.162/2014 — Código de Ejecución Penal (CEP) | Paraguay | normativa | Norma central de ejecución penal. Arts. 44, 48, 124-128, 192-206 y 201-203 definen observación, clasificación, conducta/concepto, tipología de establecimientos y régimen cerrado especial. | CL-ING, CL-CRIM, CL-EST, CL-CON, CL-PROG, CL-SEG | enlace |
| PY-N2 | Gaceta Oficial — Promulgación CEP | Paraguay | normativa | Texto autorizado de promulgación para verificación exegética. | CL-ING | enlace |
| PY-N4 | Ley N.º 210/1970 — Régimen Penitenciario | Paraguay | normativa | Antecedente complementario: clasificación al ingreso (Arts. 8-9) y conducta (34-35). Citar CEP como norma principal. | CL-ING, CL-CON | enlace |
| PY-N5 | Ley N.º 6.379/2019 — Crimen organizado y delitos económicos | Paraguay | normativa | Juzgados de ejecución especializados; perfiles de alto riesgo vinculados a régimen cerrado especial. | CL-SEG, CL-EST | enlace |
| UK-1 | Marco de política de categorización de seguridad (Reino Unido) | Reino Unido | institucional | Sistema de categorías A–D según riesgo de fuga y peligrosidad; asignación al nivel de seguridad más bajo compatible con el riesgo. | CL-SEG, CL-EST, CL-PROG | enlace |
| US-1 | Clasificación objetiva de reclusos — Guía NIC | Estados Unidos | metodologia | Referente metodológico estadounidense: instrumentos validados, separación custodia/tratamiento y reclasificación periódica. | CL-ACT, CL-SEG, CL-ING | enlace |
| US-2 | BOP — Designación de seguridad del recluso (Program Statement 5100.08) | Estados Unidos | institucional | Política federal de niveles de custodia (mínima, baja, media, alta) y factores de designación de seguridad inicial. | CL-SEG, CL-EST, CL-ACT | enlace |
| UY-3 | Libro Blanco de Reforma Penitenciaria 2024 | Uruguay | institucional | Reforma INR; clasificación formal en construcción; crítica a 'seguridad dinámica'. | CL-CRIM, CL-EST, CL-ACT | enlace |
| ZA-1 | Ley de Servicios Correccionales (Sudáfrica) — clasificación | Sudáfrica | normativa | Marco africano de clasificación y separación de personas privadas de libertad; contraste con modelos latinoamericanos. | CL-EST, CL-SEG, CL-ING | enlace |